Micelio
Auto11 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Gac Soluciones Jurisdicas Y Administrativas Sas·Demandado Empresas Publicas De Hispana Sa Esp

Tema · dato duro
Procesos Ejecutivos Originados En Contratos Celebrados Por Entidades Públicas, Dentro De Las Cuales Se Incluye A Las Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo Municipal de Hispania, Antioquia.

Surge la controversia entre Despachos por demanda ejecutiva presentada por GAC Soluciones Jurídicas y Administrativas S.A.S., en contra de las Empresas Públicas de Hispania S.A.

E.S.P., con el fin de que se libre mandamiento de pago por sumas correspondientes a honorarios causados en virtud de contratos de prestación de servicios suscritos entre las partes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena da aplicación al precedente contenido en auto 1109 de 2021, en el que se consideró que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer el caso que suscita el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones, con base en que, por un lado, GAC Soluciones Jurídicas y Administrativas S.A.S. suscribió dos contratos de prestación de servicios con las Empresas Públicas de Hispania S.A.

E.S.P., la cual es catalogada como una entidad estatal conforme con la definición del parágrafo del artículo 104 del CPACA y se acredita con el certificado de existencia y representación legal allegado en la demanda, en el que se observa que su accionista es el municipio de Hispania.

Y, por el otro, la demanda objeto de estudio se refiere a un proceso ejecutivo que se deriva de contratos suscritos con una entidad estatal.

Se reitera la regla de decisión según la cual, en virtud del numeral 6° del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocerá los procesos ejecutivos originados en contratos celebrados por entidades públicas, dentro de las cuales se incluye a las empresas de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con la definición de entidad pública establecida en el parágrafo de dicho artículo.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado Promiscuo Municipal de Hispania, Antioquia, y a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  2. Segundo. Administrativo del Circuito de Medellín conocer el proceso judicial promovido por GAC Soluciones Jurídicas y Administrativas S.A.S., en contra de las Empresas Públicas de Hispania S.A. E.S.P.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5460 al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado Promiscuo Municipal de Hispania, Antioquia, y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.